Peritaje psiquiatrico forense en caso de errores médicos

Informe pericial psiquiátrico en los casos de errores médicos

El informe pericial psiquiátrico en los casos de errores médicos (diagnósticos o terapéuticos), es una petición cada vez es mas frecuente en nuestras consultas profesionales como peritos psiquiatras.

En el momento actual hay una cada vez mas elevada litigiosidad, por lo cual es habitual que se nos soliciten informes que versen sobre la actuación de otros profesionales sanitarios y sobre si estos han podido cometer posibles errores, tanto en el diagnostico como en el tratamiento aplicado, con la consiguiente producción de un daño derivada de dicho error.

Estos informes tiene una especial complejidad. Por un lado, por que se trata de valorar a un “colega” y analizar si su proceder se ha adecuado a la llamada “lex artis”. Es decir, si ha actuado siguiendo las pautas que las sociedades y el consenso científico consideran mas adecuadas, ver también si sus conocimientos están actualizados y si el profesional sanitario ha respetado los derechos del enfermo a ser informado, a consentir y a la confidencialidad.

En segundo lugar, los peritajes psiquiátricos son especialmente delicados por que el perito tiene que aislarse del llamado “corporativismo medico” y entrar a dilucidar comportamientos que pueden conllevar una elevada responsabilidad para el profesional que ha sido denunciado o demandado y teniendo siempre presente que el perito debe dar razón de ciencia y ser objetivo y aséptico.

Por último, su complejidad emana también de un hecho esencial: nunca hay casos generales, sino situaciones concretas que requieren un estudio muy pormenorizado de las diferentes variables existentes. Por ello y hay que extremar la cautela y consultar todos los testimonios, declaraciones e informes que puedan existir en el procedimiento, dedicando a ello un tiempo muy considerable previo a la confección del informe

En los informes periciales para valorar errores médicos, una vez que se consigue tener la información mas amplia posible, es necesario entrevistarse personalmente tanto con el demandante como con el demandado, aspecto este que no siempre se puede llevar a cabo, sobre todo cuando el informe se realiza a instancias de una de las partes, debiendo no obstante dejar siempre constancia de nuestra petición.

Por último debemos tener presente que el informe pericial psiquiátrico para que surta efecto debe ser ratificado y explicado en el plenario (es decir en la vista oral) sometiéndose a lo que se llamada contradicción de las partes, es decir, respondiendo a cuantas dudas puedan tener los letrados intervinientes, el ministerio fiscal y el propio tribunal.

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